Sí, existen algunas modalidades de subsidio por desempleo que se pueden percibir sin tener cargas familiares. Se trata de los subsidios previstos para los siguientes colectivos:
- Desempleados mayores de 45 años que hayan agotado una prestación contributiva.
- Desempleados mayores de 55 años que cumplan todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a pensión de jubilación.
- Trabajadores que hayan cotizado entre 180 y 359 días.
- Desempleados que hayan sido declarados plenamente capaces o inválidos parciales como consecuencia de la revisión de su pensión de invalidez.
- Desempleados liberados de prisión.
- Trabajadores emigrantes retornados.
Si Vd. pertenece a alguno de los colectivos citados, para poder beneficiarse del subsidio por desempleo debe cumplir los siguientes requisitos:
- Carecer de rentas a título individual superiores en cómputo mensual al 75 % del salario mínimo interprofesional vigente, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias (datos para este año).
- Estar desempleado
- Estar inscrito como demandante de empleo, suscribir el compromiso de actividad y no haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar en acciones de formación, promoción o reconversión profesional.
Fuente: www.sepe.es