Sí, existen algunas modalidades de subsidio por desempleo que se pueden percibir sin tener cargas familiares. Se trata de los subsidios previstos para los siguientes colectivos:

  • Desempleados mayores de 45 años que hayan agotado una prestación contributiva.
  • Desempleados mayores de 55 años que cumplan todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a pensión de jubilación.
  • Trabajadores que hayan cotizado entre 180 y 359 días.
  • Desempleados que hayan sido declarados plenamente capaces o inválidos parciales como consecuencia de la revisión de su pensión de invalidez.
  • Desempleados liberados de prisión.
  • Trabajadores emigrantes retornados.

Si Vd. pertenece a alguno de los colectivos citados, para poder beneficiarse del subsidio por desempleo debe cumplir los siguientes requisitos:

  • Carecer de rentas a título individual superiores en cómputo mensual al 75 % del salario mínimo interprofesional vigente, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias (datos para este año).
  • Estar desempleado
  • Estar inscrito como demandante de empleo, suscribir el compromiso de actividad y no haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar en acciones de formación, promoción o reconversión profesional.

 

Fuente: www.sepe.es