La Delegación de Concertación y Participación Territorial, Servicio de Planificación Estratégica y los Centros Integrales de Desarrollo de Badajoz, abren una convocatoria pública para la adjudicación de despachos de alojamiento empresarial de la Red de Centros Integrales de Desarrollo de la provincia, entre ellos, está el CID La Serena-Vegas Altas, ubicado en nuestro municipio.

El Boletín Oficial de la Provincia recoge la aprobación de dichas bases, en las que se especifican las pautas a seguir, para poder optar a esta nueva convocatoria pública en la que se adjudicarán despachos de alojamiento empresarial de la Red de Centros de Desarrollo de la Diputación de Badajoz.

La Red CID de Diputación la integran 19 edificios, distribuidos por toda la geografía provincial que cuentan con espacios destinados a este tipo de alojamientos, en Campanario el CID La Serena-Vegas Altas, cuenta con 14 despachos disponibles. Los despachos disponibles en cada momento pueden consultarse a través de la página web de la Diputación de Badajoz ENLACE PARA VER DISPONIBILIDAD DE DESPACHOS

Requisitos:

  • Aquellas cuya actividad empresarial tenga una antigüedad máxima de 5 años en el momento de presentación de su solicitud.
  • Se considerará emprendedora la actividad empresarial con antigüedad inferior a 12 meses en el momento de presentación de la solicitud.

2.- Como beneficiarias secundarias:

  • Personas físicas y jurídicas cuya actividad empresarial tenga una antigüedad superior a 5 años en el momento de presentación de su solicitud
  • Entidades sin ánimo de lucro que necesiten un despacho para el desarrollo de un proyecto de duración determinada.

3.- Tanto las entidades beneficiarias principales como las secundarias deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. Que la actividad a desarrollar en los despachos pertenezca al sector servicios, sea acorde con los fines y objetivos de la Red CID, no perjudique la organización del Centro o su funcionamiento y sea adecuada a la propia funcionalidad de los despachos solicitados.
  2. Que su ámbito de actuación comprenda el territorio de la provincia de Badajoz
  3. Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, así como con la Diputación de Badajoz.

 Solicitudes y documentación.

1.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes se iniciará el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz. Al establecerse un sistema de convocatoria permanente, basado en un proceso abierto de valoración, selección y autorización de las solicitudes presentadas, el plazo para la presentación de solicitudes estará abierto hasta la modificación o revocación de la presente convocatoria.

2.- Lugar de presentación.

Las solicitudes deberán presentarse, junto con la documentación requerida, a través de la Sede

Electrónica ubicada en la página principal de la Diputación de Badajoz, en la dirección electrónica

ENLACE A LAS SOLICITUDES.

Así mismo, quienes no estén obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas, podrán presentar su solicitud en cualquiera de los lugares y por los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, por la que se regula el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Solicitudes y documentación.

A tales efectos, los anexos a esta convocatoria se podrán descargar en la siguiente dirección web:

ENLACE PARA DESCARGAR LOS ANEXOS.

La presentación de la solicitud implicará que se autoriza expresamente a la Diputación Provincial de Badajoz para el tratamiento automatizado de todos los datos contenidos en ella, según lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y garantía de los derechos digitales.

3.- Documentación a presentar

La solicitud, formulada conforme al modelo que figura como Anexo II en las bases de esta convocatoria, debidamente cumplimentada en todos sus apartados y firmada por la persona con poder suficiente para ello, deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

Modelo 037 ó 036 de la Agencia Estatal de Administración Tributaria donde conste la fecha de inicio dela actividad empresarial.

En el supuesto de que existan trabajadores contratados por cuenta ajena, documentación

acreditativa de la relación laboral.

En el caso de personas jurídicas, copia de la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. Asimismo, si alguno de los socios fuera una persona jurídica se deberá aportar copia de la escritura o documento de constitución y los estatutos de la misma.

Copia de la escritura de poder o documento acreditativo de la representación legal  y de la identidad del representante.

Formulario de domiciliación bancaria cumplimentado, según el modelo disponible en el siguiente enlace de la web de la Diputación de Badajoz: ENLACE FORMULARIO DE DOMICILIACIÓN BANCARIA

En el caso de oponerse o de no autorizar, según el caso, a la Diputación de Badajoz la consulta de datos a través de la Plataforma de Intermediación de Datos de la Administración General del Estado, se deberá presentar también:

  • Copia del DNI del solicitante.
  • Copia del Código de Identificación Fiscal (CIF) vigente.
  • Certificados de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración estatal y con la Seguridad Social.

Se realizará de oficio la comprobación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Diputación de Badajoz.

La autorización y no oposición a la consulta de datos a través de la Plataforma de Intermediación de Datos, será válida durante toda la vigencia de las correspondientes autorizaciones de uso. En caso de oponerse o de no autorizar la consulta, se podrá requerir la documentación acreditativa en cualquier momento de dicha vigencia.

4.- Subsanación y mejora de la solicitud.

Si la documentación aportada fuera incompleta o adoleciera de cualesquiera otros defectos que se consideren subsanables de acuerdo con lo previsto en los artículos 68.1 y 73 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se requerirá al solicitante para que, en el plazo de diez días hábiles, subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá dictarse en los términos establecidos en el artículo 21 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En la pestaña de color naranja, pueden leer todos los detalles de esta ‘Convocatoria Pública para la adjudicación de despachos de alojamiento empresarial de la Red de Centros Integrales de Desarrollo de la Diputación de Badajoz’.