La Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Economía e Infraestructuras, concede ayudas para la instalación de energías renovables con el fin de mejorar el grado de auto-abastecimiento de la Comunidad Autónoma y porque son respetuosas con el medio ambiente a no producir emisiones de C02 a la atmósfera.

Energía térmica que utilicen biomasa como combustible, energía eléctrica mediante paneles solares o aquellas de biogás para la producción de energía térmica y/o eléctrica, entre otras, son algunas de las instalaciones subvencionables.

Con ello, la institución regional pretende disminuir el efecto invernadero y no generar residuos de difícil tratamiento. Asimismo, dichas energías renovables se perfilan como el futuro de la óptica empresarial debido a que poseen un elevado potencial de creación de empleo de alta cualificación para el diseño, construcción y mantenimiento de instalaciones, al igual que su capacidad de desarrollo de inversiones complementarias.

Destinatarios

  •  Las personas físicas, respecto a las viviendas de su propiedad; ya sean de uso habitual o segunda vivienda.
  • Las comunidades de propietarios.
  • Asociaciones sin ánimo de lucro que se encuentren legalmente inscritas en el Registro correspondiente de asociaciones.
  • Los municipios y entidades locales menores.
  • Las empresas privadas y sus agrupaciones, respecto a establecimientos o emplazamientos donde realicen su actividad empresarial, y siempre que adopten alguna de las siguientes formas jurídicas: personas físicas (autónomos), sociedades anónimas, sociedades limitadas, sociedades cooperativas, sociedades agrarias de transformación y sociedades civiles con personalidad jurídica.
  • Los proveedores de servicios energéticos.

Plazo de presentación

Hasta el 1 de agosto de 2019, inclusive.

No obstante, si con anterioridad al vencimiento de dicho plazo se hubiera agotado el crédito presupuestario, se declarará terminado el periodo de vigencia de la convocatoria mediante anuncio del Consejero.

Lugar de presentación

Oficinas de registro. El propio Ayuntamiento de Campanario está disponible para informar sobre los trámites necesarios.

Cuantía

La cuantía e intensidad de la subvención queda determinada para cada actuación correspondiente en el ANEXO I -Pulse en éste enlace para acceder-, en el que también se indica el límite máximo según el caso.

Más información: en el propio Ayuntamiento de Campanario o en el Portal Ciudadanos de la Junta de Extremadura