Bandos Municipales

405 - 2020

Disponible la solicitud de ayudas para suministros de mínimos vitales

Desde el Ayuntamiento de Campanario informamos que desde este lunes 4 de mayo se puede recoger la solicitud de ayudas para el pago de facturas de luz, gas y agua (suministros mínimos vitales), destinadas a aquellas personas cuyos recursos resulten insuficientes para hacer frente a dichos gastos .

Bando:

DON ELÍAS LOPEZ SÁNCHEZ, ALCALDE PRESIDENTE DE ESTE AYUNTAMIENTO HACE SABER:

Que mediante la correspondiente resolución de esta Alcaldía se han aprobado las BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DEL AYUNTAMIENTO DE CAMPANARIO PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS DE SUMINISTROS DE MÍNIMOS VITALES correspondientes a la Anualidad 2020.

En el marco creado por el Decreto 202/2016, de 14 de diciembre, de la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales de la Junta de Extremadura por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a conceder por la Junta de Extremadura a los municipios de la región para la financiación de las ayudas para suministros mínimos vitales (DOE no 241, de 19 de diciembre de 2016), modificado por el

Decreto 12/2018, de 30 de enero (DOE no 25, de 5 de febrero) se viene a establecer las bases reguladoras de esta ayuda por el Ayuntamiento de Campanario (CONSULTAR BASES APARTE).

AYUDAS PARA SUMINISTROS MÍNIMOS VITALES 2020

Las ayudas para suministros mínimos vitales son ayudas económicas finalistas destinadas a aquellas personas cuyos recursos resulten insuficientes para hacer frente a los gastos específicos establecidos en las bases de dichas ayudas.

LOS GASTOS SUBVENCIONABLES SON:

1.- Se considerarán gastos subvencionables, con independencia de la fecha de emisión de la factura y del periodo de facturación a que se refieran, los siguientes:

a) Gastos de energía eléctrica y gas natural, incluyendo la potencia contratada, la energía consumida, el alquiler de equipos de medida y control, en su caso, y los impuestos directos e indirectos que graven los conceptos anteriores así como cualquier otro concepto facturado relativo al suministro. Para los beneficiarios del bono social solo se abonará el 50% de la factura a PVPC previo a la aplicación del descuento del bono social, debiendo acreditarse el pago ante el comercializador de referencia en el plazo y en los términos establecidos en la normativa estatal.

b) Gastos de agua potable, incluyendo la cuota de servicio, el suministro de agua potable y las tasas, cánones e impuestos directos e indirectos que graven los conceptos anteriores, así como cualquier otro concepto facturado relativo al suministro, salvo el alcantarillado y la basura, aunque dichos conceptos estuvieran incluidos en la facturación del suministro de agua potable.

c) Gastos de alta y reconexión en caso de interrupción por impago del suministro de energía eléctrica, gas natural y agua potable.

d) Gas butano (mediante factura emitida por la empresa competente no siendo válido ticket)

2.- No será subvencionable el gasto referido a facturas que hayan sido abonadas en su totalidad con otros fondos, propios o de terceros, con carácter previo o posterior a la concesión de la ayuda para suministros mínimos vitales.

3.- La cuantía de la ayuda por todos los conceptos no podrá exceder de los siguientes importes por anualidad y unidad de convivencia.

NÚMERO DE MIEMBROS CUANTÍA DE LA AYUDA
Hasta 2 miembros. 700 €
Entre 3 y 4 miembros. 800 €
5 o más miembros. 900 €

Las personas interesadas en solicitar esta ayuda deberán recoge la solicitud en las oficinas de los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Campanario a partir del día 4. Para ello contactar previamente a través del teléfono 924831127.

 

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2503 - 2020

Bando Municipal: prohibido el desplazamiento a segundas residencias

El Ayuntamiento de Campanario desea informar a todos los vecinos y vecinas con segunda residencia en esta localidad que, con motivo de la pandemia que está generando el coronavirus, queda terminantemente prohibido su desplazamiento individual, en grupo o familia hacia estas casas, chalets o similares.

BANDO MUNICIPAL

D. ELÍAS LÓPEZ SÁNCHEZ, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE
CAMPANARIO, HACE SABER

La situación generada por la evolución del coronavirus COVID-19 ha exigido que el gobierno de la Nación haya adoptado medidas de contención extraordinarias destinadas a limitar la extensión del citado virus y a la minoración de los perniciosos efectos que sobre la salud de los ciudadanos tiene el mismo, entre las que se incluyen las limitaciones a la libre circulación de los ciudadanos que se contemplan en el artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID- 2019.

Aunque hay que reconocer y agradecer que, en general, la aceptación ciudadana de la dolorosas medidas acordadas alcanza niveles sastisfactorios propios de un pueblo solidarios y comprometido, lo cierto es que según los datos publicados por la Delegación del Gobierno en nuestra región, en esta primera semana de vigencia del estado de alarma se han observado desplazamientos de ciudadano procedentes de distintos territorios, e incluso de otras regiones hacia segundas residencias ubicadas en localidades diversas de Extremadura. Hay que señalar que tales desplazamientos se encuentras prohibidos, ya que no figuran entre las actividades autorizadas expresamente comtempladas en el referido artículo 7 del Real Decreto 463/2020, y por ello, se considera necesario reforzar medidas preventivas y correctoras que eviten que los mismos se sigan produciendo.

En conscuencia, la Delegación del Gobierno en Extremadura ha solicitado la colaboración de la alcaldía de Campanario a través de la FEMPEX, para velar por el cumplimiento escrupuloso de todas las medidas establecidas por el Gobierno de la Nación y avaladas por autoridades y expertos sanitarios, motivo por el cual:

SE HACE SABER a todos los vecinos con segunda residencia en esta localidad que queda terminantemente prohibido el desplazamiento individual, en grupo o familia hacia estas segundas residencias, casas, chalets o similares ubicadas en Campanario, cualquiera que se sea el punto de España de donde se proceda, con la advertencia de que el incumplimiento de tal prohibición determinará la aplicación de la correspondiente sanción administrativa y, en su caso, la imputación de un eventual delito de desobediencia.

Y para general conocimiento, lo firmo en Campanario a 24 de marzo de 2020.

Elías López Sánchez.

1903 - 2020

Bando Municipal: Refuerzo de los servicios sociales

En atención al estado de alarma y con el objetivo de preservar la salud y seguridad de toda la ciudadanía, el Ayuntamiento de Campanario informa del refuerzo de los los servicios sociales durante la situación de medidas extraordinarias por la incidencia del COVID-19.

 CONTACTAR DIRECTAMENTE CON SERVICIOS SOCIALES

             1.- Por teléfono:     

  • María Victoria Sánchez Gallardo: 651632508
  • Ana Belén Lozano Robla: 924096810 / 651637784 

            2.- Por correo electrónico:

  • María Victoria Sánchez Gallardo: ayuntamiento@campanario.es
  • Ana Belén Lozano Robla:  ssbcampanario1@campanario.es

Horario: de 9:00 a 14:00 horas.

CONTACTAR A TRAVÉS DE CENTRALITAS MUNICIPALES

  • Teléfonos: 924831127 / 924851586
  • Horario: de 9:00 a 14:00 horas.

CONTACTAR A TRAVÉS DE SEDE ELECTRÓNICA.

 

1703 - 2020

Bando Municipal: Organización de los servicios administrativos

El Ayuntamiento de Campanario, tras el estado de alarma que tiene decretado el Gobierno Central y con el objetivo de preservar la salud y seguridad de toda la ciudadanía, informa de la organización de los servicios administrativos durante las medidas extraordinarias por la incidencia del COVID 19 (Coronavirus).

BANDO:

Se informa a todos los vecinos que desde esta misma fecha la prestación de los servicios en las oficinas municipales del Ayuntamiento se prestará de la siguiente manera:

1.- El Ayuntamiento permanecerá cerrado al público y únicamente atenderán trámites de urgencia a través de los siguientes medios:

Teléfono: 924 831127 – 924851586 (de 9:00 a 14:00 horas)

Telemáticos:

Emergencias: 112 o Policía Local (Teléfono 617423830).

2.- Así mismo, se informa para tranquilidad general que a nadie se le pasará ningún plazo para realizar trámites, puesto que están suspendidos todos los plazos procesales, administrativos, incluidos los sancionadores, y de prescripción y caducidad.

El alcalde, Elías López.

1603 - 2020

Bando Municipal: Suspensión de la Romería y Feria de Abril 2020

En atención al estado de alarma decretado por el Gobierno Central y con el objetivo de preservar la salud y seguridad de toda la ciudadanía, el Ayuntamiento de Campanario anuncia que la Romería de Piedraescrita (13 de abril), La Caseta (14 de abril) y  La Feria de Abril 2020 (del 27 de abril al 1 de mayo) quedan suspendidas.

BANDO.
DON ELÍAS LÓPEZ SÁNCHEZ, ALCALDE-PRESIDENTE DE ESTE
AYUNTAMIENTO, HACE SABER:
ASUNTO:
SUSPENSIÓN ROMERIA DE PIEDRAESCRITA Y FERIA DE ABRIL 2020.

Visto el Real Decreto ley 6/2020, de 10 de marzo, publicado en el BOE nº 62 de 11 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública.

Visto el Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID19, publicado en el BOE nº67, de fecha 14 de marzo de 2020.

Considerando la situación de emergencia sanitaria que atraviesa nuestro país, nuestra región y nuestro pueblo, y que en todo momento esta ALCALDIA debe velar y asegurar la Salud Pública de todos sus vecinos y vecinas,

RESUELVO:

PRIMERO: Suspender la celebración de la Romería de Piedraescrita y La Caseta, programadas para los próximos días 13 y 14 de abril de 2020, con todas las actividades programadas en tales fechas.

SEGUNDO: Suspender la celebración de la Feria de Abril de 2020, en honor a la Virgen de Piedraescrita, programada para el 27,28,29 y 30 de abril y 1 de mayo de 2020, con todas las actividades programadas en tales fechas.

TERCERO: Rescindir todos los contratos adjudicados tanto para la Romería de Piedraescrita como para la Feria de Abril de 2020.

CUARTO: Anular todas las licitaciones vigentes relativas a la Romería de Piedraescrita y Feria de Abril de 2020.

QUINTO: Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el órgano que dicta el acto en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Mérida, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de dicha publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que los interesados pudieran estimar más conveniente a su derecho.

EL ALCALDE. – Elías López Sánchez.

 

1503 - 2020

Guía básica sobre las nuevas medidas por el estado de alarma

Guía básica sobre las nuevas medidas por el estado de alarma:

1503 - 2020

Bando Municipal: Comportamiento responsable

BANDO: Llamada a la tranquilidad y comportamiento responsable de los vecinos ante la situación sanitaria:

1303 - 2020

Bando Municipal: Medidas del Ayuntamiento de Campanario con motivo del Virus COVID-19

D. Elías López Sánchez, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Campanario hace saber:

Que en uso de las atribuciones que me corresponden en virtud de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y vista la RESOLUCIÓN de 11 de marzo de 2020, del Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se adoptan medidas preventivas y recomendaciones de salud pública en Extremadura como consecuencia de la situación y evolución del coronavirus (COVID-19). (DOE 12/03/2020), así como las recomendaciones del Gobierno de España, en el día de la fecha esta alcaldía ha acordado lo siguiente:

1º.- Suspender desde hoy, día 13 de marzo e inicialmente, hasta el próximo día 31 de marzo, todas las actividades culturales, deportivas, formativas, de ocio y cualquiera otras organizadas por el Ayuntamiento de Campanario.

2º.- Cerrar al público, desde hoy, día 13 de marzo e inicialmente hasta el próximo día 31 de marzo, las siguientes instalaciones municipales: Gimnasio Municipal, Sala Multideportiva, pistas de tenis y pádel, Estadio Municipal El Ejido, Pabellón Municipal, parques infantiles, aulas de música, sala de la Casa de la Cultura, Biblioteca Municipal y Yacimiento Arqueológico La Mata.

3º.- Suspender, desde hoy, día 13 de marzo e inicialmente, hasta el próximo día 31 de marzo, todas las actividades y servicios de la Escuela Municipal de Deportes (incluidos entrenamientos, concentraciones, competiciones y cualquier otra), la Escuela Municipal de Música, el Centro Local de idiomas, la Universidad Popular y cualquier otra actividad lúdica, deportiva o cultural que pudiera tener lugar en instalaciones municipales y organizadas por colectivos y asociaciones diversas (yoga, bailes, guitarra, bailes regionales, aeróbic, etc.)

4º.- Evitar, en la medida de lo posible, desde hoy, día 13 de marzo e inicialmente, hasta el próximo día 31 de marzo, acudir a los servicios presenciales de la sede administrativa del Ayuntamiento de Campanario, dando prioridad a las consultas telefónicas (924831127) y la administración electrónica en la realización de trámites y solicitudes (www.campanario.es).

5º.- Suspender, desde hoy, día 13 de marzo e inicialmente, hasta el próximo día 31 de marzo, la celebración del mercadillo semanal los martes en la explanada de la Laguna.

6º.- Recordar a la ciudadanía de Campanario y especialmente a las personas en especial situación de vulnerabilidad y factores de riesgo, la importancia de observar las recomendaciones en materia de salud pública para evitar la propagación del coronavirus y apelar a la responsabilidad individual y colectiva de toda la población, permaneciendo en los domicilios particulares en la medida de lo posible; procurando limitar al máximo las visitas a las instalaciones municipales de los Pisos Tutelados (Residencia) y Centro de Día; evitando los viajes salvo por causa necesaria y respetando el periodo de 72 horas de aislamiento domiciliario en caso de procedencia de comunidades con elevado índice de transmisión comunitaria de coronavirus. Y, en caso de síntomas, recurrir a los servicios telefónicos del 112.

7.- Se suspende la celebración de cualquier tipo de evento RELIGIOSO en las calles del municipio que conlleve la congregación de vecinos y vecinas.

8.- El Ayuntamiento mantendrá abiertas sus oficinas de atención al público con servicios mínimos para casos de especial necesidad.

9º.- Dar la máxima difusión del presente BANDO para general conocimiento de la población de Campanario.

Por último instar a los vecinos y vecinas de Campanario a que se tenga responsabilidad individual y civismo, para eviten en lo posible las concentraciones de personas, permanezcan en sus domicilios el mayor tiempo posible y se mantengan informadas a través de las autoridades sanitarias.

En Campanario a 13 de marzo de 2020.

EL ALCALDE.

Fdo: Elías López Sánchez.

403 - 2020

Publicadas las bases para la convocatoria de tres plazas de Policía Local en Campanario

El Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz (B.O.P.) del día 3 de marzo de 2020, ha publicado las bases de la convocatoria para cubrir tres plazas de Policía local en el Ayuntamiento de Campanario.

Las citadas plazas se cubrirán como personal funcionario de carrera y el proceso selectivo se llevará a cabo mediante el sistema de oposición libre.

Se trata de 3 plazas vacantes en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Campanario e incluidas en la oferta de empleo público de 2020, aprobada por la Alcaldía mediante Resolución de Alcaldía de 10 de febrero de 2020, y publicada en el Diario Oficial de Extremadura núm. 34, de 19 de febrero de 2020.

El objeto de la convocatoria es la ampliación de la plantilla de la policía local, que se verá incrementada en 5 agentes a lo largo del año 2020, puesto que a estas tres plazas convocadas se sumarán otros dos agentes ya seleccionados que se incorporarán una vez finalice el periodo obligatorio de prácticas.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE.

DESCARGA LAS BASES:

801 - 2020

Bando: Renovación del DNI en Campanario

Don Elías López Sánchez, Alcalde de este Ayuntamiento, hace saber:

Que, el equipo móvil para expedición del D.N.I. realizará el próximo 30 de enero (jueves) renovaciones, así como primeras inscripciones.

Se realizaran un total de 85 DNIe, por lo que las personas interesadas deberán pasar por la Universidad Popular, a partir las 8:00 horas del jueves 9 de enero a inscribirse y retirar numero. Se entregara uno por persona, hasta que se agoten.

Todo aquel que hubiese concertado cita previa en la dependencia de la Policía Nacional deberá anularla.

La documentación requerida es:

PARA RENOVACIÓN:

  • Fotografía reciente, conforme a la normativa;
  • Si dicha renovación implica cambio de domicilio, se deberá aportar certificado de empadronamiento.

PARA PRIMERA INSCRIPCIÓN:

  • Partida literal de nacimiento expedida para el D.N.I.
  • Certificado de empadronamiento
  • Fotografía reciente, conforme a la normativa.
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